Gobierno destina $185 mil millones para la Línea de Crédito CREO de micronegocios
El Gobierno nacional presentó el programa de crédito popular CREO, que dispondrá de $185 mil millones para atender las necesidades financieras de micronegocios en las principales ciudades del país.
Se trata de recursos que serán girados a los beneficiarios en préstamos de entre $ 2 millones y $ 4 millones a través de Bancoldex, sin necesidad de garantía, para personas naturales o jurídicas, formales o informales, de forma individual o en asociatividad, y plazo de hasta 12 meses.
En el programa 'CREO, un crédito para conocernos', participan los Ministerios de Hacienda y Crédito Público; Comercio, Industria y Turismo; Agricultura y Desarrollo Rural, y todas las entidades que forman parte del Grupo Bicentenario y Banca de las Oportunidades.
El objetivo de esta línea crediticia es facilitar el acceso al financiamiento para micronegocios y Unidades Productivas de las Economías Populares y Comunitarias (Upepc), promoviendo su crecimiento y sostenibilidad económica.
“La línea de Crédito Popular corresponde a créditos para el segmento productivo no agro. Es decir, Upepc que no realicen su actividad económica en el sector agropecuario. Esta línea cuenta con un cupo disponible de $ 185.000 millones de pesos y está dirigida a crear incentivos para la inclusión financiera", destaca el Ministerio de Hacienda.
Acceso y perfil al crédito CREO
La línea de Crédito Popular CREO estará dirigida a personas naturales o jurídicas, mayores de edad, domiciliados en Colombia, y que tengan clasificación en los grupos A, B, o C del Sisben IV o con ingresos anuales inferiores a 5 salarios mínimos mensuales durante el año anterior a la solicitud del crédito o en los últimos 12 meses calendario.
Además, deben no haber recibido financiamiento formal en los últimos dos años ni tener operaciones de crédito vigentes.
Los beneficiarios del crédito CREO deben tener una actividad productiva de pequeña escala en cualquier sector de la economía, excepto en actividades agropecuarias primarias.
Aliados financieros
La solicitud del crédito CREO debe tramitarse a través de entidades financieras aliadas a Bancoldex, como bancos, cooperativas financieras, Fintech, ONG's financieras, entre otros.
Algunos beneficios que tendrán estos usuarios son: menores tasas de interés, incentivos al buen pago, disponibilidad de crédito en todo el país, capital de trabajo y sustitución de pasivos (materias primas, insumos, nómina, servicios públicos, arriendos, costos de transporte y demás costos y gastos operativos de funcionamiento, etc.).
Crédito para la mujer
La línea crédito CREO tiene la modalidad 'Mujer Trabajadora: La Línea CREO, Cree en ti', a través del Fondo Mujer Libre y Productiva se ha ha establecido un alivio de abono a capital adicional del 5 %.
Las mujeres admitidas para recibir este beneficio adicional deben completar un curso de educación financiera que proporciona la entidad financiera otorgante del crédito.
Hasta el 27 de marzo, descuento del 5% en pago anualizado del predial en Medellín
La Alcaldía de Medellín informó que los contribuyentes que paguen la totalidad del impuesto predial para el año 2025 recibirán un descuento del 5%.
Este beneficio se aplicará a quienes se encuentren al día con los pagos de años anteriores y realicen el pago anualizado de este impuesto. Desde la Secretaría de Hacienda explican todo lo referente al pago de este impuesto.
El predial se puede pagar a través de los canales virtuales ingresando al sitio web www.medellin.gov.co/pagoimpuestos.
Para hacerlo de manera presencial puede acercarse con la factura física o digital a las taquillas de Tesorería del primer piso de la Alcaldía de Medellín, también puede hacerlo en los puntos de autopago habilitados para pagos con tarjeta débito y crédito de cualquier franquicia.
Otra opción es visitar los puntos de atención de la Secretaría de Hacienda, ubicados en los centros comerciales El Tesoro, Los Molinos, Florida y Premium Plaza.
Resolución 196, modifica instructivo del formulario 490 Recibo de Pago Impuestos Nacionales
La DIAN publicó la Resolución 196 del 28 de febrero de 2025, por la cual se modifica el instructivo del formulario No. 490 "Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales" prescrito mediante Resolución 000051 de 2020.
Concepto 017, Costos atribuibles en fase de desarrollo - intangibles
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 017 del 07 de marzo de 2025, respondiendo a una consulta sobre los costos atribuibles en fase de desarrollo – intangibles.
Concepto 019, Grupo 3 NIF para Microempresas – Cambios Anexo Técnico
Por medio del Concepto 019 del 06 de marzo de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio respuesta a una consulta sobre el Grupo 3 NIF para Microempresas – Cambios Anexo Técnico.
Decreto 0234, reglamenta parcialmente decreto de presupuesto de rentas
El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 0234 del 27 de febrero de 2025, por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 61 del Decreto 1523 de 2024 por medio del cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del10 de enero al 31 de diciembre de 2025.
Sale a la luz la Tercera Edición de la NIIF para las PYMES
Después de diez años, una de las normas internacionales más relevantes en materia de información financiera ha sido publicada. Se trata de la tercera edición de la NIIF para la PYMES, el estándar internacional para las pequeñas y medianas empresas, emitido por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) en 2009. Este marco contable mantiene los principios de las NIIF plenas, pero adaptados a la realidad de las Pymes.
La nueva versión mantiene las 35 secciones de la edición de 2015, pero introduce modificaciones significativas, entre las que se destacan:
- Actualización de la Sección 2 (conceptos y principios fundamentales) a la luz del Marco Conceptual NIIF de 2018
- Compilación en la Sección 11 de los relativo a Instrumentos Financieros
- Actualización de la Sección 12, según los dispuesto en la NIIF 13 Medición del valor razonable
- Actualización de la Sección 19 (combinaciones de negocios y plusvalía) con la NIIF 13
- Modificación de la Sección 23 (ingresos de actividades ordinarias), ahora alineada con la NIIF 15
- Simplificaciones para que sean aplicables en las Pymes
De acuerdo con IASB en su condición de emisor de la norma, esta entrará en vigencia el primero de enero de 2027. En Colombia, desde la emisión del proyecto de norma se ha venido adelantando el estudio de los contenidos del estándar.
Así, por ejemplo, para alimentar las discusiones tendientes a participar del análisis adelantado en el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera – Glenif-, se convocó desde el CTCP al Comité de NIIF para Pymes. Particularmente para conocer los resultados de una encuesta liderada por IASB en relación con el debido proceso del proyecto de norma.
Qué viene para Colombia
Bajo el liderazgo del consejero Jairo Cervera, el CTCP adelantará el proceso de discusión pública de la nueva NIIF para las PYMES, siguiendo estos pasos:
- Garantizar los derechos sobre los ficheros oficiales en español de la nueva norma.
- Promover discusiones en los comités técnicos del CTCP.
- Organizar y participar de eventos de sensibilización sobre la propuesta normativa.
- Integrar y consultar la opinión de expertos y autoridades.
- Formular consulta pública del borrador de recomendación del CTCP. Se definen los canales de recepción de comentarios y se establecen los plazos.
- Evaluar los comentarios y elaborar el documento de recomendaciones sobre la adopción total o parcial para los reguladores (ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público).
Concepto 015, Subrogación de cuentas por pagar
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 015 del 04 de marzo de 2025, por medio del cual responde a una consulta sobre la Subrogación de cuentas por pagar.
DIAN pone al servicio de los ciudadanos el tablero COMEX
La DIAN pone al servicio de los ciudadanos y usuarios aduaneros el tablero COMEX, un desarrollo realizado en casa que facilita la búsqueda de información relacionada con el proceso de comercio exterior en el país.
Mediante esta herramienta se pueden consultar las cifras de importaciones y exportaciones de bienes, arrojando datos oficiales y certificados provenientes de las declaraciones de importación. También se puede visualizar las cifras observadas, es decir, las que están en proceso de certificación.
Los interesados deben tener en cuenta que, en el caso de las importaciones y exportaciones, las cifras pueden tener un rezago de hasta 2 meses, según lo dispone el calendario de difusión estadística, y para el caso de las cifras observadas, un rezago de una semana aproximadamente.
El tablero COMEX dispone en su menú principal de 8 botones que le dan acceso a toda la información metodológica bajo la cual fue construido, las cifras con históricos anuales, los avances con las cifras del último año disponible, consultas por socio comercial, por departamento o seccional y por subpartida arancelaria. Así mismo, contiene unos filtros en su parte interior, que el usuario puede activar y seleccionar de acuerdo con sus necesidades de búsqueda.
Publicación de resultados de la Verificación de Requisitos Mínimos
La DIAN informó a la ciudadanía y a los servidores públicos inscritos en el Proceso de Selección DIAN 2667 que la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) publicará los resultados de la fase de verificación de requisitos mínimos a partir del 5 de marzo de 2025.
Para conocer si han sido admitidos o no, los aspirantes deberán ingresar al sitio web oficial www.cnsc.gov.co, acceder al enlace SIMO (Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad) e iniciar sesión con su usuario y contraseña.
Tenga en cuenta que las reclamaciones sobre dichos resultados podrán presentarse únicamente a través de SIMO, desde las 00:00 horas del 6 de marzo de 2025 hasta las 23:59 horas del 7 de marzo de 2025, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto Ley 760 de 2005 y el numeral 3.5 del Anexo del Acuerdo.